Newsletter Junio 2009
TERMALISMO EN EUROPA SIN FRONTERAS
EL PARLAMENTO EUROPEO APRUEBA LA DIRECTIVA
Estimados colegas:
Al redactar este artículo, queremos expresar nuestra profunda satisfacción por la noticia que hoy tenemos el placer de comunicarles.
El Congreso celebrado en Levico Terme (Italia), titulado “La nueva salud europea – Curas para todos sin fronteras – Perspectivas de desarrollo del termalismo” (8 y 9 de mayo de 2009), organizado a petición nuestra y con nuestra participación activa junto a la Provincia Autónoma de Trento y el Municipio de Levico Terme, destacó con gran reconocimiento que la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo de la UE, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes a recibir tratamientos sanitarios transnacionales, presentada a la Comisión el 2 de julio de 2008, fue aprobada por la Unión Europea en primera lectura el 23 de abril de 2009.
Se ha confirmado —y con enorme satisfacción— que el artículo 7 de la Directiva, referido a tratamientos no hospitalarios, autoriza explícitamente el acceso a tratamientos termales sin necesidad de autorización previa, reconociendo además el derecho al reembolso de los gastos cuando dichos tratamientos no estén cubiertos por el país de origen o el país donde se realicen.
Asimismo, el artículo 12 de la Directiva, relativo a los “Puntos Nacionales de Contacto”, adquiere gran relevancia, ya que establece la obligación de proporcionar información clara y precisa sobre las características y la calidad de cada centro sanitario y termal, garantizando así la libre elección del paciente basada en información adecuada.
Dentro de este nuevo marco —que abre un sinfín de posibilidades—, surge la necesidad de describir con mayor detalle cada centro termal, de modo que pueda competir en igualdad de condiciones con los de otros Estados miembros.
Se espera que la aprobación definitiva por parte del Parlamento Europeo y del Consejo tenga lugar a finales de 2009 o principios de 2010.
El camino está trazado y la dirección es prácticamente irreversible: un sueño que parecía utópico está a punto de convertirse en realidad.
La hidroterapia europea será accesible a todos los ciudadanos de una Unión formada por 27 Estados y 500 millones de personas.
Queremos destacar que este logro es el resultado de un largo proceso iniciado en 2002, cuando decidimos trabajar hacia un “modelo de hidroterapia” que contemplara su historia, situación actual y perspectivas futuras.
El marco europeo fue considerado fundamental para servir de referencia a otras regiones del mundo, por ser el espacio de vida de 500 millones de personas en los 27 Estados miembros.
Celebramos dos encuentros clave para el desarrollo estratégico del termalismo:
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Levico Terme (Italia) – 14, 15 y 16 de octubre de 2005
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Cuntis (España) – 11, 12 y 13 de enero de 2008
Este éxito no habría sido posible sin la colaboración de todos.
Nuestro agradecimiento especial al eurodiputado Iles Braghetto (Padua, Italia), cuyo compromiso fue decisivo para alcanzar los resultados esperados.
Debemos continuar impulsando el esfuerzo conjunto de todas las instituciones europeas, en especial de los miembros del Parlamento Europeo, con el objetivo de lograr la aprobación definitiva de esta Directiva, esencial para el progreso civil y sanitario de todos los ciudadanos europeos.
A continuación se presenta la Declaración de Levico Terme, aprobada al cierre de los trabajos del Congreso.
Seguiremos informándoles sobre futuros avances.
Andrés Campos – Presidente SITH
Ennio Gori – Presidente OMTh
DECLARACIÓN DE LEVICO TERME
Los participantes del Congreso Nacional celebrado en Levico Terme (Italia), “La nueva salud europea – Curas para todos sin fronteras – Perspectivas de desarrollo del termalismo” (8 y 9 de mayo de 2009), organizado por la Provincia Autónoma de Trento, la Asociación Nacional de Municipios Termales (ANCOT), la Federación Nacional de Consejos de Médicos, el Consejo Italiano de Turismo, la OMTh (Organización Mundial del Termalismo) y el Foro Mundial del Termalismo, tras un intenso debate, fueron informados de la aprobación en primera lectura (23 de abril de 2009) de la Directiva sobre los derechos de los ciudadanos a acceder a tratamientos sanitarios transnacionales.
Esta aprobación establece el derecho de los ciudadanos europeos a recibir tratamientos sanitarios —incluidos los no hospitalarios— en cualquier país miembro de la UE, garantizando además el reembolso correspondiente.
La Directiva fija principios comunes para todos los sistemas de salud nacionales de la UE y crea un marco de cooperación europea en áreas como el reconocimiento de recetas médicas emitidas en otros países.
Asimismo, respeta las competencias nacionales en materia de organización y prestación de servicios sanitarios, sin comprometer las decisiones éticas fundamentales de cada Estado miembro.
Los participantes coincidieron en celebrar especialmente que el artículo 7 de la Directiva permita el acceso libre a tratamientos termales, sin autorización previa, con derecho a reembolso, siempre que estén reconocidos tanto por el país de origen como por el país receptor.
Los “Puntos Nacionales de Contacto” tendrán un papel clave en la difusión de información sobre la calidad de los servicios sanitarios y termales, fortaleciendo la libre elección de los ciudadanos.
Conscientes de la importancia estratégica de esta Directiva para la vida y los derechos de los ciudadanos europeos, los asistentes subrayaron la necesidad de definir con precisión los sistemas sanitarios y termales nacionales, haciéndolos más competitivos frente a los de otros Estados miembros.
Los promotores y patrocinadores del congreso acordaron celebrar reuniones bianuales para analizar los temas derivados de la Directiva y elaborar nuevas propuestas que impulsen un desarrollo europeo de la hidroterapia orgánico, equilibrado y sostenible.

